En este artículo, evalúo las expectativas de la tesis limitarista de que alguien tiene demasiada riqueza si exceden un umbral de riqueza específico. El limitarismo afirma que hay buenas razones políticas y/o éticas para prevenir que la gente tenga dicha “riqueza excedente”, por ejemplo, porque no tiene ningún valor moral para su poseedor o porque permitir que las personas tengan riqueza excedente tiene menos valor moral que redistribuirla. Partiendo de literatura reciente sobre la justicia distributiva, defiendo dos tipos de principios limitaristas de la justicia. Primero, los principios limitaristas de nivel medio parten de la tesis limitarista para especificar compromisos normativos para guiar el diseño institucional y las acciones individuales. Segundo, la presunción limitarista parte de esa tesis para especificar qué es lo que una asignación justa de riqueza requiere bajo restricciones epistémicas. Tal presunción dice que, si no tenemos razones sustantivas que indiquen lo contrario, deberíamos considerar que una distribución es injusta si la riqueza de algunas personas excede el umbral limitarista. Además, argumentaré que debemos rechazar una interpretación posible, pero implausible, del limitarismo como un patrón distributivo ideal. No obstante, el limitarismo puede desempeñar un rol importante en la teorización sobre la justicia en el mundo real tanto como un principio de nivel medio como una presunción.